Sobre las nuevas medidas de ingreso a Japón a partir del 11 de octubre de 2022 (vigentes en 2023)
2023/4/5
A partir de las 00:00 del 11 de octubre de 2022 (tiempo de Japón) ya no será necesario el certificado ERFS para tramitar visados. Asimismo, se han eliminado las restricciones que limitaban el acceso a los turistas por medio de un paquete de tour.
A partir de las 00:00 del 11 de octubre de 2022 (tiempo de Japón) se reactivará la validez de las visas de entrada múltiple y de una entrada, emitidas por las Embajadas, Consulados Generales y Consulados de Japón al 2 de diciembre de 2021, que fueron suspendidas temporalmente por razón de la pandemia. Consulte este vínculo para para mayor información (disponible sólo en inglés)
Con base en las Nuevas medidas de control fronterizo (34), a partir de las 00:00 del 11 de octubre de 2022 (tiempo de Japón) no será necesario tramitar una visa para realizar una estancia corta (menor a 90 días) por motivos de turismo, tránsito, actividades profesionales, negocios o visita familiar, para las nacionalidades que estaban exentas de visado antes de la pandemia de COVID-19.
Para los mexicanos aplicará nuevamente la cláusula de entrada al país sin visa para viajes menores a 90 días que no incluyan remuneración alguna.
Consulte el siguiente vínculo para conocer la lista completa de países con exención de visa para:
Tránsito por Japón
Las personas que requieran cruzar migración, por documentación de equipaje o cambio de aeropuerto, para tomar su siguiente vuelo, ingresarán al país y por ello se sujetarán a los requimientos de visado (de ser el caso) y a las medidas de COVID que establece el Gobierno de Japón. Consulte a su aerolínea para conocer los detalles de su vuelo.
Vacunación y test PCR
A partir del 7 de septiembre de 2022, las personas que cuenten con un certificado de vacunación con al menos tres de las vacunas reconocidas por Japón, no requerirán realizarse una prueba PCR para ingresar al país, con exepción de los viajes provenientes de China, que actualmente tienen medidas especiales de ingreso. Consulte los detalles más adelante en esta publicación.
Para el caso de México, se requiere presentar el certificado digital de la 1a y 2a dosis, así como la papeleta llenada a mano del refuerzo de la 3a dosis, misma que se considera válida siempre y cuando esté sellada.
En caso de no estar vacunado o de no poseer un esquema de vacunación reconocido por Japón, será necesario realizarse una prueba PCR dentro de las 72 horas previas a la fecha de salida a Japón y el laboratorio que realice la prueba deberá llenar el formato de la prueba PCR que solicita el Ministerio de Salud de Japón. Descargue aquí el formato.
Atención: Los menores de edad quedarán exentos del requisito de vacunación, siempre y cuando viajen con sus padres, y alguno de ellos sí cumpla con el esquema completo de vacunación. De otra forma, los menores deberán presentar la prueba de COVID-19 con el formato solicitado por el Ministerio de Salud de Japón.
Japón reconoce únicamente las siguientes vacunas:
Nota 1: JCOVDEN/Janssen y CONVIDECIA/CanSino se consieran equivalentes a dos dosis sólo en caso de ser la primera vacuna.
Nota 2: Todas las dosis se consideran como válidas, aún cuando no sean de la misma marca.
Nota 3: Para el caso de México, se requiere presentar el certificado digital de la 1a y 2a dosis, así como la papeleta llenada a mano del refuerzo de la 3a dosis, misma que se considera válida siempre y cuando esté sellada.
Para mayor información, consulte la página del Ministerio de Salud de Japón
A partir de las 00:00 del 11 de octubre de 2022 (tiempo de Japón) se reactivará la validez de las visas de entrada múltiple y de una entrada, emitidas por las Embajadas, Consulados Generales y Consulados de Japón al 2 de diciembre de 2021, que fueron suspendidas temporalmente por razón de la pandemia. Consulte este vínculo para para mayor información (disponible sólo en inglés)
Con base en las Nuevas medidas de control fronterizo (34), a partir de las 00:00 del 11 de octubre de 2022 (tiempo de Japón) no será necesario tramitar una visa para realizar una estancia corta (menor a 90 días) por motivos de turismo, tránsito, actividades profesionales, negocios o visita familiar, para las nacionalidades que estaban exentas de visado antes de la pandemia de COVID-19.
Para los mexicanos aplicará nuevamente la cláusula de entrada al país sin visa para viajes menores a 90 días que no incluyan remuneración alguna.
Consulte el siguiente vínculo para conocer la lista completa de países con exención de visa para:
Tránsito por Japón
Las personas que requieran cruzar migración, por documentación de equipaje o cambio de aeropuerto, para tomar su siguiente vuelo, ingresarán al país y por ello se sujetarán a los requimientos de visado (de ser el caso) y a las medidas de COVID que establece el Gobierno de Japón. Consulte a su aerolínea para conocer los detalles de su vuelo.
Vacunación y test PCR
A partir del 7 de septiembre de 2022, las personas que cuenten con un certificado de vacunación con al menos tres de las vacunas reconocidas por Japón, no requerirán realizarse una prueba PCR para ingresar al país, con exepción de los viajes provenientes de China, que actualmente tienen medidas especiales de ingreso. Consulte los detalles más adelante en esta publicación.
Para el caso de México, se requiere presentar el certificado digital de la 1a y 2a dosis, así como la papeleta llenada a mano del refuerzo de la 3a dosis, misma que se considera válida siempre y cuando esté sellada.
En caso de no estar vacunado o de no poseer un esquema de vacunación reconocido por Japón, será necesario realizarse una prueba PCR dentro de las 72 horas previas a la fecha de salida a Japón y el laboratorio que realice la prueba deberá llenar el formato de la prueba PCR que solicita el Ministerio de Salud de Japón. Descargue aquí el formato.
Atención: Los menores de edad quedarán exentos del requisito de vacunación, siempre y cuando viajen con sus padres, y alguno de ellos sí cumpla con el esquema completo de vacunación. De otra forma, los menores deberán presentar la prueba de COVID-19 con el formato solicitado por el Ministerio de Salud de Japón.
Japón reconoce únicamente las siguientes vacunas:
NOMBRE DE LA VACUNA | EMPRESA MANUFACTURERA |
COMINARTY | Pfizer BioNTech Fosun Pharma |
Spikevax | Moderna |
Vaxzevria | AstraZeneca |
Covishield | Serum Institute of India |
JCOVDEN | Janssen |
COVAXIN | Bharat Biotech |
Nuvaxovid | Novavax |
COVOVAX | Serum Institute of India |
Covilo BBIBP-CovV |
Sinopharm |
CoronaVac | Sinovac |
CONVIDECIA | CanSino Biologics |
Nota 1: JCOVDEN/Janssen y CONVIDECIA/CanSino se consieran equivalentes a dos dosis sólo en caso de ser la primera vacuna.
Nota 2: Todas las dosis se consideran como válidas, aún cuando no sean de la misma marca.
Nota 3: Para el caso de México, se requiere presentar el certificado digital de la 1a y 2a dosis, así como la papeleta llenada a mano del refuerzo de la 3a dosis, misma que se considera válida siempre y cuando esté sellada.
Para mayor información, consulte la página del Ministerio de Salud de Japón
Registro en el sistema Fast Track y Visit Japan para agilizar los trámites de ingreso al país
Con el fin de facilitar y acelerar los procedimientos migratorios y sanitarios de ingreso a Japón, se ofrece la opción de realizar un pre-registro en línea en el sistema Fast track y Visit Japan. A través de este registro se podrá enviar de manera anticipada la información relativa a sus comprobantes de vacunación y corroborar si son considerados válidos por las autoridades migratorias japonesas. Consulte este vínculo para más detalles.
El registro no es obligatorio para poder ingresar a Japón, siempre y cuando se cumpla cabalmente con las medidas de ingreso por COVID-19 relativas a los certificados de vacunación o prueba PCR indicadas anteriormente.
El registro no es obligatorio para poder ingresar a Japón, siempre y cuando se cumpla cabalmente con las medidas de ingreso por COVID-19 relativas a los certificados de vacunación o prueba PCR indicadas anteriormente.
Ingreso a Japón desde China
A partir de las 00:00 del 8 de enero de 2023 (tiempo de Japón), todas las personas provenientes de China (excepto Macao y Hong Kong) en vuelo directo, deberán presentar un certificado de prueba COVID-19 con resultado negativo, realizada dentro de las 72 horas previas a la fecha de salida a Japón.
A partir de las 00:00 del 1 de marzo de 2023 (tiempo de Japón), aproximadamente el 20% de las personas provenientes de China (excepto Macao y Hong Kong), deberán realizarse una prueba de COVID-19 al momento de su ingreso a Japón, esto con el fin de tomar muestras para análisis de secuencia genómica.
A partir de las 00:00 del 1 de marzo de 2023 (tiempo de Japón), las personas provenientes de Macao en vuelo directo, deberán presentar alguno de los siguientes dos requisitos: un certificado de prueba COVID-19 con resultado negativo, realizada dentro de las 72 horas previas a la fecha de salida a Japón; o bien, certificados de vacunación con los que demuestre que posee 3 dosis (o su equivalente) de las vacunas reconocidas por el Gobierno de Japón.
A partir de las 00:00 del 1 de marzo de 2023 (tiempo de Japón), aproximadamente el 20% de las personas provenientes de China (excepto Macao y Hong Kong), deberán realizarse una prueba de COVID-19 al momento de su ingreso a Japón, esto con el fin de tomar muestras para análisis de secuencia genómica.
A partir de las 00:00 del 1 de marzo de 2023 (tiempo de Japón), las personas provenientes de Macao en vuelo directo, deberán presentar alguno de los siguientes dos requisitos: un certificado de prueba COVID-19 con resultado negativo, realizada dentro de las 72 horas previas a la fecha de salida a Japón; o bien, certificados de vacunación con los que demuestre que posee 3 dosis (o su equivalente) de las vacunas reconocidas por el Gobierno de Japón.